CÁTEDRA: LEGISLACIÓN Y PRÁCTICA ADUANERA
| PROFESOR TITULAR : Lic. Ernesto L. Sbriglio |
sbriglioe@profesores.ucongreso.edu.ar |
| PROFESOR: Lic. Pablo A. Sbriglio |
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| PROFESOR: Dra. Gabriela Nento |
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OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
El objetivo general es que, en forma sistemática y ordenada, y dentro del enfoque macroeconómico, se identifique el rol recaudador que cumple la Aduana.
Se pretende lograr que el alumno obtenga los conocimientos teóricos necesarios para un manejo práctico de los elementos que le permitan lograr un idóneo acceso a la actividad profesional.
OBJETIVOS PARTICULARES
Se comienza con un repaso de los conocimientos ya adquiridos de orden económico en función de la recaudación aduanera, la cual se ha de lograr a través de la incidencia de sus tarifas y aranceles, continuando con el análisis de las normas principales y accesorias, su estructura, elementos jurídicos y momento y formas de aplicación.
Posteriormente, se desarrolla el estudio e identificación de las personas físicas y/o jurídicas cuya actividad esta autorizada y fiscalizada por el Servicio Aduanero, que se inicia con su inscripción y alta pasando por sus responsabilidades tributarias y penales determinadas en el Código Aduanero.

CONTENIDOS
BOLILLA I
NORMAS LEGALES.
1.1.- La Constitución Nacional – reforma de 1994, Arts. 4, 9, 10, 11, 12, 16, 26, 75 y 100 – y el Derecho Aduanero.
1.2.- Protocolo Adicional del Tratado de Asunción. Protocolo Ouro Preto.
1.3.- Protocolo Adicional Reglamentario del Acuerdo de Recife.
BOLILLA II
ÁMBITO ESPACIAL.
2.1.- Ámbito Espacial. Territorio Aduanero general y especial. Enclave. Exclave. Zona primaria. Zona secundaria. Zona de vigilancia especial. Zona marítima Aduanera.
2.2.- Áreas que no integran el territorio aduanero general.
2.3.- Mar territorial, lecho y subsuelo submarino sometido a la soberanía nacional. Exportación e Importación.
2.4.- Área Franca. Definición. Exportación e Importación. Áreas Francas de almacenamiento comercial. Leyes 19640 y 24.331. Resolución AFIP 270/98 (B.O.24/11/98). Constitución del área franca. Exenciones impositivas y beneficios.
2.5.- Área Aduanera especial o territorio aduanero especial. Definición. Exportación e Importación. Constitución del Área Aduanera Especial. Exenciones impositivas y beneficios.
BOLILLA III
SUJETOS, AGENTES y AUXILIARES DEL SERVICIO ADUANERO
3.1.- Sujetos. Servicio Aduanero. Organización.
3.2.- Funciones y Facultades de la Dirección General de Aduanas.
3.3.- Agentes del Servicio Aduanero. Funciones y Facultades del Director General de Aduanas. Decretos 618/97 y 646/97 y Disposiciones AFIP Nros. 91/97 y 315/99 (B.O. 14/05/99).
3.4.- Delegación de funciones en otros organismos de la administración pública y fuerzas de seguridad .
3.5.- Incompatibilidades e inhabilitaciones.
3.6.- Auxiliares del comercio y del servicio aduanero.
3.7.- Comerciante. Concepto. Capacidad para ejercer el comercio. Obligaciones comunes a todos los comerciantes. Matrícula. Registro Público de comercio. Libros de comercio. Rendición de cuentas. Sociedades Comerciales. Tipos.
3.8.- Despachantes de Aduana. Concepto. Inscripción, actuación, suspensión y eliminación y reinscripción en el Registro. Obligaciones y Responsabilidades. Régimen Disciplinario. Sanciones y recursos.
3.9.- Agentes de Transporte Aduanero. Concepto. Inscripción, suspensión y eliminación. Obligaciones y responsabilidades. Régimen disciplinario. Sanciones y recursos.
3.10.- Apoderados generales y dependientes. Concepto. Inscripción, actuación, suspención, eliminación y reinscripción en el Registro. Obligaciones y responsabilidades. Régimen Disciplinario. Sanciones y recursos.
3.11.- Importadores, exportadores y otros sujetos. Importador y exportador: definición. Inscripción, actuación, eliminación y reinscripción. Obligaciones y responsabilidades. Régimen disciplinario. Sanciones y recursos.
BOLILLA IV
IMPORTACIÓN SU OPERATIVA. - LEY 22415 (C.A.) – DTO. 1001/82
4.1.- Importación. Definición Legal. Mercadería: definición legal. Origen y Procedencia.
4.2.- Arribo de la mercadería. Disposiciones generales. Distintas vías: acuática, terrestre( por automotor, por ferrocarril y por otros medios) y aérea. Formalización a la entrada del medio transportador. Documentación a presentar. Manifiesto General de la carga. Plazos. Mercaderías sobrantes o faltantes a la descarga (Resolución 3015/84-BANA 173/84). Justificación de diferencias.
4.3.- Echazón, pérdida o deterioro de la mercadería. Presentación ante el Servicio Aduanero. Aprehensión de mercadería procedente de echazón.
4.4.- Permanencia en el medio transportador. Requisitos. Plazos para solicitarla. Casos en los que no se requiere solicitud.
4.5.- Descarga. Definición legal. Autorización previa. Descarga y destino de la mercadería.
4.6.- Depósito provisorio de importación. Recepción de la mercadería: mala condición. Depósito de distintos tipos. Habilitación precaria: requisitos. Mercadería faltante. Deterioro o destrucción de la mercadería en el depósito. Normas aduaneras sobre depósitos fiscales(Resolución 3343/94-BANA 146/94).
BOLILLA V
DESTINACIONES DE IMPORTACIÓN SU OPERATIVA
5.1.- Destinaciones de importación. Disposiciones generales. Solicitud de Destinación. Plazos. Multas. Inalterabilidad. Rectificación. Declaración supeditada.
5.2.- Ignorando contenido: toma de contenidos. Multas. Declaración
5.3.- Destinación definitiva de importación para consumo. Concepto. Declaración. Desistimiento. Documentación complementaria y faltante de la misma. (Resolución General 581/99 – BDGA 32/99.
5.4.- Importaciones sujetas a autorización de organismos extra – aduaneros.
5.5.- Normas para la importación de automotores usados y de automotores para personas lisiadas.
5.6.- Importación de alimentos. Definición, consideraciones generales. Alimentos naturales. Vinos. Productos alimenticios envasados para su venta directa. (Decreto 1812/92 – Resolución 2013/93 – BANA 96/93).
5.7.- Despacho por solicitud simple, o solicitud particular (Resolución 5110/80 – BANA 246/80).
5.8.- Destinación suspensiva de importación temporaria. Definición. Mercaderías. Declaración. Garantías. Plazos – Prórroga. Retorno o nacionalización. Importaciones temporales para promocionar exportaciones definitivas.
5.9.- Situaciones especiales de importación temporaria: de semovientes con fines de pastoreo; de embarcaciones deportivas y de recreo; de automóviles; de neumáticos para ser recapados y reexportados y mercaderías con destino a exposiciones y ferias internacionales.
5.10.- Destinación suspensiva de Depósito de almacenamiento. Definición. Declaración. Aplicación de disposiciones referidas al depósito provisorio de importación. Plazos (Decreto 379/97 y modificatorio). Faltante de mercaderías. Transferencias y fraccionamiento de mercaderías sometidas al régimen de Depósito de Almacenamiento.
5.11.- Destinación suspensiva de tránsito de importación. Definición. Tipos: Tránsito Directo o Interior. Declaración. Consideraciones generales. Exclusiones. Régimen Tributario. Interrupción del tránsito. Deterioro o destrucción de la mercadería. Control del tránsito por el servicio aduanero. Plazos e itinerarios. Multas.
5.12.- Manifiesto internacional de Carga. Declaración Tránsito Aduanero MIC-DTA: Resoluciones 2382/91 y modificatorias. Tránsito Internacional Ferroviario: Resoluciones 829/92 y modificatorias.
5.13.- Disposiciones comunes a la Importación y a la Exportación. Operación de transbordo. Consideraciones generales. Normas. Requisitos. Permiso de transbordo. Solicitud previa. Transbordo de elementos de Rancho y Pacotilla.
BOLILLA VI
RÉGIMEN DE GARANTÍA
6.1.- Régimen de garantía. Casos en que debe ser utilizado. Formas y tipos de garantías. Normas aduaneras referidas al régimen. Dependencia o formulario autorizante. Control (Resolución 2749/93 – BANA 123/93 y modificatoria).
6.2.- Prohibiciones a la importación y exportación.
6.3.- Clases económicas y no económicas y absolutas o relativas. Ambito de aplicación de las prohibiciones. Modalidades de las prohibiciones relativas. Facultades para establecer y suprimir prohibiciones.
BOLILLA VII
SISTEMA MARÍA.
7.1.- Definición. Generalidades. Módulo Manifiesto Aéreo del Sistema María (Aduana de Ezeiza). Resolución 258/93 y modificatorias.
7.2.- S.I.M. Módulo Manifiesto Vía Acuática. Resolución 630/94 y modificatorias (BANA 37/94).
7.3.- S.I.M. Módulo Manifiesto Vía Terrestre. Resolución 970/95 y modificatorias (BANA 40/95).
7.4.- S.I.M. Formulario Único para documentar OM-1993 (Resolución 2437/96).(BANA 76/96).
7.5.- Verificación de las mercaderías de Importación.
7.6.- Verificación selectiva. Incomparecencia. Ramos. Despachos sujetos a verificaciones de varios ramos. Libramiento.
7.7.-Muestras y análisis. Concepto. Toma, acondicionamiento y traslado. Distintos tipos de análisis. Segundo análisis. Facilidades para el retiro de la
mercadería sometidas a análisis. Lista de productos peligrosos. Análisis obligatorios vigentes. Resolución 1336/93 y sus modificatorias.
7.8.- Clasificación, verificación y medición de maderas. Medición de líquidos y control de peso por medición de calado. Normas para la identificación de mercaderías según la Ley 22802.
7.9.- Identificación de mercaderías de importación. Régimen de estampillas fiscales. Rubros comprendidos (Resolución 2522/87 y modificatorias).
7.10.- Operaciones de importación por embarque escalonado. Solicitud y autorización (Disposición 43/98 SDGLTA-BDGA 28/98).
BOLILLA VIII
REGÍMENES ESPECIALES y OTRAS DISPOSICIONES REFERIDAS A LA IMPORTACIÓN
8.1.- Régimen de los medios de transporte. Requisitos. Régimen legal aplicable. Medios excluidos. Trabajos de reparación transformación o de cualquier otro perfeccionamiento o beneficio del medio de transporte.
8.2.- Régimen de las operaciones aduaneras efectuadas por medio de transporte de guerra, de seguridad y policía.
8.3.- Régimen de los contenedores (Resolución 1870/87 y modificatorias). Régimen aplicable a la introducción al territorio aduanero. Operadores. Requisitos para la admisión temporal de contenedores. Su despacho y el de Boogis y chasis. Mercadería declarada en tránsito o sujeta a análisis de trámite o a intervenciones sanitarias. Apertura; llenado y vaciado. Equipos frigoríficos y otros accesorios del contenedor. Sanciones por incumplimiento.
8.4.- Régimen de Equipaje. (Decreto 2130/91 – Resolución 2463/91 y modificatorias). MERCOSUR. (Decreto 2281/94 – Resolución 3751/94 – BANA 0495 y modificatorias). Definiciones: Equipajes, equipaje acompañado o no acompañado, efectos personales, incidencias de viajes, franquicias, beneficios, derechos y gravámenes, viajero, pasajero, turista.
Distintas categorías de pasajeros que entran al país. Pasajeros del Area Aduanera Especial. Declaración del Equipaje. Distintos sistemas de verificación. Bienes excluidos del Régimen. Prohibiciones. Fraccionamiento. Registro sobre las personas.
8.5.- Régimen de Rancho; provisiones de a bordo y Suministros del Medio de Transporte. Definición. Consumo de dichos elementos. Carga de mercadería con destino a este régimen. Formalización. Tributos. Permiso de Rancho (Resolución 1787/78 –BANA 98/78 y modificatorias). Depósito Franco.
8.6.- Régimen de Pacotilla: Definición. Libreta de Pacotilla. Prohibiciones de carácter económico. Tributos valores máximos y valores tipo (Resolución 2900/82 – BANA 161/82).
8.7.- Régimen de franquicias diplomáticas e importaciones comprendidas. Instituciones o Representaciones incluidas en este Régimen. Decreto Nº 25/70. Procedimiento. Régimen Tributario. Exenciones. Funcionarios del Servicio Exterior de la Nación. Importación de automotores por parte de dichos funcionarios. Despacho del Equipaje. La valija diplomática o consular. Apertura o retención de la valija diplomática o consular por el Servicio Aduanero: procedimiento a seguir. Inmunidad de jurisdicción. Exclusiones. Importación de Automotores.
8.8.- Régimen de Envíos Postales de Importación. Definiciones. Envíos comerciales o particulares. Vía Prohibida. Trámite en las oficinas aduaneras postales internacionales y su relación con sus similares de correo.
8.9.- Régimen de muestras de importación. Exención de tributos. Intransferencia (Resolución 459/84 – BANA 33/84 y modificatorias).
8.10.- Régimen de importación para compensar envíos de mercaderías con deficiencias (Resolución 1869/93 – BANA 91/93). Exenciones. Condiciones que determina la Reglamentación. Plazos. Envíos de partes y piezas faltantes a la descarga en destino. Resolución 3275/96.
8.11.- Régimen de Tráfico Fronterizo para residentes en zonas de frontera. Exclusiones para fines comerciales o industriales. Habilitación de los interesados y de los lugares. Franquicias y formularios (Resolución 2604/86 – BANA 205/86 y Resolución General 262/98 AFIP – BDGA 78/98).
8.12.- Régimen de Reimportación de Mercadería Exportada para Consumo. Condiciones y Requisitos. Exenciones. Plazos.
8.13.- Régimen de envíos de Asistencia y Salvamento. Exenciones y condiciones para que éstas sean posibles. Intransferencia. Facilidades de trámite. Tránsito hacia un tercer país.
8.14.- Normas relativas a la importación de órganos y materiales anatómicos humanos para su implantación.
8.15.- Importación de estupefacientes o psicotrópicos. Control Aduanero del tráfico lícito. Legislación sanitaria Nacional. Leyes 17818 y modificatorias, 19303, 20443 y 19678. Decreto 4589/71. Autorización de la Secretaría de Estado de Salud Pública para la importación del cornezuelo del centeno.
8.16.- Normas aduaneras relativas a la entrada temporal de automotores de turistas y de organismos nacionales, provinciales y municipales.
8.17.- Despacho de Oficio.
8.18.- Mercadería sin titular conocido, sin declarar o en rezago.
8.19.- Mercadería que hubiere sido objeto de comiso o abandono.
8.20.- Mercadería susceptible de demérito.
8.21.- Mercadería afectada a una prohibición de importación de carácter no económico. Intimación. Reexportación.
BOLILLA IX
RECIPROCIDAD Y DESREGULACIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR
9.1.- Reciprocidad de tratamiento. Retorsión.
9.2.- Desregulación del Comercio Exterior. Decretos 2284/91 y 2488/91.
BOLILLA X
EXPORTACIÓN - DESTINACIONES SU OPERATIVA - LEY 22415 – DTO. 1001/82
10.1.- Destinaciones de exportación: Disposiciones generales.
10.2.- Inalterabilidad de la declaración: excepciones, rectificación, modificación, ampliación de la declaración. Declaración supeditada. Impulso de oficio. Plazo de validez de la solicitud de exportación. Fraccionamiento de la solicitud de exportación. Libramiento.
10.3.- DESTINACIÓN DEFINITIVA DE EXPORTACIÓN PARA CONSUMO
Definición. Formalidades y requisitos de la declaración. Desistimiento. Documentación complementaria.
10.4.- DESTINACIÓN SUSPENSIVA DE EXPORTACIÓN TEMPORARIA
Definición. Declaración. Mercaderías. Finalidad. Plazos y cumplimiento para la reimportación. Conversión en definitiva. Momento imponible.
Egreso de semovientes por arreo (veraneada/invernada).
10.5.- DESTINACIÓN SUSPENSIVA DE TRÁNSTO DE EXPORTACIÓN
Definición. Formalización. Interrupción del tránsito. Pérdida o deterioro de la mercadería. Cambio del medio transportador. Transbordo. Itinerario y plazo del tránsito. Medidas de control. Tornaguía.
10.6.- DESTINACIÓN SUSPENSIVA DE REMOVIDO
Definición. Declaración. Consideraciones generales. Plazos. Prohibiciones. Medidas de control. Normas aduaneras relativas al régimen.
10.7.- DEPOSITO PROVISORIO DE EXPORTACIÓN
Disposiciones Generales. Responsabilidades del depositario. Faltante de mercadería ingresada a depósito. Plazo. Vencimiento del Plazo.
BOLILLA XI
REGIMENES ESPECIALES – LEY 22415- DTO. REGLAMENTARIO 1001/82.
11.1.- Régimen de los medios de transporte. Requisitos. Régimen legal aplicable. Medios excluidos.
11.2.- Régimen de las operaciones aduaneras efectuadas por medio de transporte de guerra, de seguridad y de policía. Operaciones Comerciales. Controles Aduaneros.
11.3.- Régimen de contenedores. Régimen aplicable a la extracción del Territorio Aduanero. Operadores. Requisitos para la salida temporal de contenedores.
11.4.- Régimen de Equipaje. Equipaje acompañado o no acompañado. Franquicias. Distintas categorías de pasajeros que salen del país. Bienes excluidos del régimen. Prohibiciones.
11.5.- Régimen de Rancho. Provisiones de a Bordo y suministros del medio de transporte. Definición. Consumo de dichos elementos. Permiso de Rancho. Depósito franco.
11.6.- Régimen de pacotilla. Definición libreta de pacotilla. Prohibiciones de carácter económico. Valores máximo y valores tipo.
11.7.- Régimen de Franquicias diplomáticas y exportaciones comprendidas. Procedimiento. Régimen tributario. Valija diplomática o consular, procedimiento a seguir. Inmunidad de jurisdicción. Exclusiones.
11.8.- Régimen de envíos postales. Envíos comerciales o particulares. Vía prohibida. Trámites en las oficinas aduaneras postales internacionales y su relación con sus similares de correo.
11.9.- Régimen de muestras de exportación. Exención de tributos.(Res. nº 7/91-ANA).
11.10.- Régimen de reimportación de mercaderías exportadas para consumo. Exención de tributos. Requisitos, plazos.
11.11.- Régimen de exportación para compensar envíos de mercadería con diferencias. Exenciones y condiciones para que éstas sean posibles (Res. nº 1096/86-ANA).
11.12.- Régimen de Tráfico Fronterizo(Res. 2604/86-ANA).
11.13.- Régimen de envíos de asistencia y salvamento para zonas de catástrofe (Res. nº 1096/86-ANA).
BOLILLA XII
OTRAS DISPOSICIONES REFERIDAS A LA EXPORTACIÓN
12.1.- Normas relacionadas con el transporte Internacional de cargas por carretera MIC/DTA. (Res. SST nº 263/90 – Bol. Oficial 01/02/90).
12.2.- Normas relativas a exportaciones sujetas a precios revisables. (Res. nº 2780/92-ANA).
12.3.- Normas relativas a exportaciones por cuenta de terceros. (Res. Gral. nº 616/99-AFIP).
12.4.- Normas relativas a exportaciones de mercadería por parte de Empresas habilitadas como exportadores de Servicios Postales/Courier. (Res. nº 2436/96-ANA y sus modificatorias).
12.5.- Normas relativas a exportaciones por Planta Llave en Mano. (Dto. 525/85, Dto. 1011/91 y sus modificatorias. Res. ANA 4168/95).
12.6.- Normas relativas a Exportaciones por Embarque Escalonado (Disposición 43/98-DGA).
12.7.- Normas relativas a la exportación de Obras de Arte (ley 24633y Res. Gral. 173/98-AFIP).
12.8.- Normas relativas a la exportación de órganos y materiales anatómicos humanos para implante (Res. 384/97-DGA).
12.9.- Efectos transportados por Corredores de Comercio (Res. 122/93-ANA).
12.10.- Exportación de Automóviles Antiguos, motociclos y velocípedos. (Res. 995/90y modificatorias). Automotores para funcionarios de la Nación que cumplen misiones en el exterior.
Res. 5191/72-ANA).
BOLILLA XIII
MERCOSUR
13.1.- MERCOSUR. Tratado de Asunción. Generalidades. Ley 23981
13.2.- MERCOSUR: Circulación de vehículos comunitarios. Egresos (Res. 3752/94-BANA 595).
13.3.- MERCOSUR Material Promocional (Res. 3749/94 ANA).
13.4.- Normas relativas a envíos en consignación . Régimen aplicable(Dto. 637/79 modificado por Dto. 975/98).
13.5.- Normas para el Registro de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior. (D.J.V.E. Ley 21453 Res. 1791/92-ANA modificada por Res. nº 1509/94-ANA).
13.6.- Mercosur. Régimen de Equipaje. (Dto. 2281/94, Res. Gral. 703/99-AFIP, modificatoria de la Res. 3751/94-ANA
BOLILLA XIV
ZONAS FRANCAS
14.1.- Ley 24331 y modificatorias 24756 y 25005. Egreso de mercaderías de la Zona Franca (Res. Gral. 270/98 – AFIP, Anexos VIII, IX y X).
BOLILLA XV
ESTÍMULOS A LA EXPORTACIÓN
15.1.- “Draw Back”. Definición. Normas para la verificación, liquidación y pago. Pago anticipado.
15.2.- Reintegros y Reembolsos. Definiciones. Compatibilidad con el “Draw Back”. Solicitud de pago de estímulos a la exportación. Formalidades y plazo para solicitar los estímulos.
15.3.- Derecho y acción para percibir importes en concepto de estímulo a la exportación. Prescripción, su suspensión y su interrupción. Acciones del Fisco para repetir importes pagados indebidamente en conceptos de estímulos a la exportación.
15.4.- Normas para el pago de beneficios a la exportación. (Resolución nº 2249/95- ANA).
BOLILLA XVI
REGIMENES ESPECIALES DE PROMOCIÓN A LAS EXPORTACIONES
16.1.- Reembolso Adicional a las exportaciones al sur del río Colorado Ley 23018 – Ley 24490.
16.2.- Régimen de la Ley 19640. Exportaciones al Área Franca y al Área Aduanera Especial desde el Territorio Nacional Continental. Exportaciones al exterior desde el Área Aduanera Especial.
16.3.- Régimen Simplificado Opcional para Zonas de Frontera –Decreto 855/97 Res. Gral. 26/97 (AFIP) y modificatorias.
16.4.- Régimen General y Opcional Simplificado. Res. Gral. 302/98 (AFIP).
16.5.- Régimen de Importación Temporaria para Perfeccionamiento Industrial para la exportación a consumo de la mercadería resultante a terceros países. Dto. 1439/96.
16.6.- Régimen de reintegros a manufacturas de productos mineros de las provincias de Salta, Jujuy y Catamarca (Res. 762/93 – MEOPS).
BOLILLA XVII
PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE EXPORTACIÓN – SISTEMA INFORMÁTICO MARIA.
Formulario Unico para documentar. Lineamientos generales del trámite de exportación. Oficialización. Presentación de la Declaración. Constancia de la carga y/o embarque. Definiciones: Precumplido, Cumplido, Declaración post-embarque. Generalidades Instrucciones operativas para el registro de operaciones SIM (Anexo VI). Verificación. Canal naranja/rojo. Conforme. Empleo de los ejemplares 3 y 4. Resolución 1284/95 (ANA) y modificatorias.
BOLILLA XVIII
SELECTIVIDAD – VERIFICACIÓN
Mercadería y/u operaciones correspondientes a canal naranja. Mercadería y/u operaciones correspondientes a canal rojo –Resolución 125/97 (ANA) modificada por Resolución General 209/98 (AFIP). Disposiciones normativas y operativas. Canales de selectividad (Anexos III y IV).
BOLILLA XIX
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
Nomenclatura e instrumento tarifario regional. 1.1.- Individualización y clasificación de mercaderías. 1.2.- Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (S.A.).Estructura. Ratificación Argentina del Convenio del Sistema Armonizado. Reglas Generales Interpretativas. 1.3.- MERCOSUR: Países que lo integran. Nomenclatura común Mercosur. Arancel Externo Común, derechos y reintegros extrazona e intrazona. Excepciones. Régimen de Adecuación. 1.4.- Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (OMC). 1.5.- Asociación Latinoamericana de Integración: ALADI. Razones de su creación. Principios. Mecanismos. Características. Accesión Argentina. Régimen General de Origen. Categoría de países. Nomenclatura para ALADI. Introducción. N.A.L.A.D.I.S.A.. 1.6.- Análisis de los siguientes instrumentos tarifarios de régimen preferencial de ALADI. Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica. Acuerdo de Alcance Parcial. (Art. 25 del tratado de Montevideo de 1980 AAP Art. 25 TM). Acuerdo Regional Apertura de Mercados y Preferencia Regional. 1.7.- Instrumento tarifario del Régimen General: NCM, sentido de protección desgravación y beneficios en el Arancel Regional. 1.8.- Arancel Integrado Aduanero (Sistema María): Posición SIM. Razones de su creación. 1.9.- Procedimiento sistemático clasificatorio: su aplicación a los distintos instrumentos tarifarios. Ejercicios de clasificación en base a ejemplos y/o muestras. 2.- Consulta clasificatoria, sus pasos administrativos, sus instancias jerárquicas, validez del acto administrativo. Seguridad Jurídica. Apelación de las normas generales clasificatorias.
BOLILLA XX
DECLARACIÓN COMPROMETIDA SOBRE LA CALIDAD DE LA MERCADERÍA.
Definiciones. Inalterabilidad. Consideraciones. Encuadre legal. Requisitos para la Declaración Comprometida en destinaciones aduaneras que se registren en el Sistema María. Sus consecuencias. Requisitos para la Declaración Comprometida en destinaciones aduaneras que no se registren en el Sistema María. Sus consecuencias.
Declaración completa, incompleta y dual, en destinaciones aduaneras que no se registren en el Sistema María, su implicancia en el despacho de mercadería. Concepto de declaración inexacta a los fines clasificatorios y cuando resultan punibles. Declaraciones supeditadas, casos en que procede la misma.
La declaración comprometida y la clasificación arancelaria en los en los distintos regímenes de despacho: de importación definitiva a consumo, suspensiva de importación temporaria, de exportación definitiva a consumo, suspensiva de exportación temporaria, etc.. Ejercicios de declaración comprometida.
Resoluciones Varias.Régimen de Envíos Escalonados. Definición, condiciones para acceder al mismo y trámite de solicitud de Envío Escalonado. Régimen de Comprobación de Destino. Definición e interpretación del régimen en los distintos instrumentos tarifarios de importación. Normas para diferenciar clasificatoriamente los productos químicos puros e impuros.
BOLILLA XXI
VALORACIÓN
Valoración de las mercaderías de importación. Normas de valor. Acuerdo relativo a la aplicación del Art. VII del GATT. Estructura del Acuerdo: Preámbulo. Notas Interpretativas. Protocolo. Textos del Comité Técnico. De Valoración. Opiniones Consultivas. Comentarios, notas explicativas, etc. Articulo 1ro. Valor de Transacción. Definición. Precio realmente pagado o por pagar. Pagos indirectos. Condiciones para la aplicación del Art. 1ro.: restricciones, contraprestaciones, reversión del producto de reventa, vinculación entre comprador y vendedor. Ajustes determinados por el Art. 8vo.:comisiones, prestaciones, cánones y derechos de licencia, producto de la reventa, cesión o utilización de las mercaderías importadas. Gastos de construcción, armado, montaje, del transporte ulterior a la importación. Trato aplicables los intereses de financiación.
Transacciones entre personas vinculadas. Concepto de vinculación.
Examen de las circunstancias de venta. Valores criterio: concepto.
Art. 2do. y 3ro.: Definición de mercaderías idénticas y similares.
Forma de determinar en valor. Elemento tiempo. Nivel comercial cantidad: Ajuste. Existencia de mas de un valor de transacción de mercaderías idénticas o similares.
Art. 5to.: Método deductivo. Casos de aplicación. Precio unitario de venta del país de importación. Momento de la venta. Deducciones del precio de venta en el país de importación. Mercaderías que han sufrido transformación después de su importación. Método superdeductivo.
Art. 6to.: Valor reconstruído. Concepto. Elementos a considerar para su determinación.
Art. 7mo.: Método del último recurso. Criterios razonables. Flexibilidad en la aplicación de los métodos previstos en los artículos 1ro al 6to. Métodos prohibidos. Reglas Generales: conversión monetaria, posibilidad de retirar la mercadería antes de la determinación definitiva del valor, derecho de la aduana de comprobar la veracidad o exactitud de lo declarado a efectos de la valoración. Casos particulares de valoración: mercaderías importadas en consignación. Mercaderías importadas en ejecución de un contrato de alquiler o de leasing. Mercaderías reimportadas después de su exportación temporal para ser objeto de elaboración, transformación o reparación. Valoración de las mercaderías de exportación. Noción de Valor Imponible. Métodos para su obtención. Cantidad a valorar. Condiciones de pago. Nivel comercial. Distintos momentos. Gastos a incluir. Arribo a la base de imposición a partir del Valor Imponible. Puntos hasta los cuales habrá de considerarse la inclusión de gastos ocasionados en la exportación para arribar al valor imponible. Condiciones para arribar a un precio de venta entre un vendedor y un comprador independiente. Valor del derecho a uso de patentes, dibujos, modelos, marca de fábrica o de comercio. Precio oficial FOB, Valor FOB mínimo. Descuentos y bonificaciones en función de cantidad mediante envíos escalonados. Herramientas utilizables para determinar el Valor Imponible por la Aduana. Existencia de vinculación entre el comprador y el vendedor. Justificación del Valor FOB, FOT y FOR documentado. Relación costo - precio de exportación. Noción de costo de producción y costo de exportación. Concepto de reglas INCOTERMS. Canal morado. Programa de Inspección de Preembarque de Importaciones. Tributos. Nociones Generales. De los tributos.: Ordenamiento legal vigente. Interpretación de la Ley Tributaria. Relación con otras ramas del derecho. Preceptos Constitucionales. Validez temporal (retroactividad) y validez espacial (doble imposición). Relación tributaria: formas de determinación. Del objeto: Clasificaciones. Impuestos, tasas y contribuciones: internos y externos, directos e indirectos, personales y reales. Hecho Imponible. Extinción de la obligación tributaria: formas. De los sujetos: Potestad tributaria originaria y derivada. Ejercicio del poder Impositivo entre la Nación, la Provincia y los Municipios. Sujeto activo: competencia. Sujeto pasivo: capacidad, domicilio, contribuyente y responsable. De los tributos internos vinculados al comercio exterior. Impuesto al Valor Agregado (IVA): antecedentes y hecho imponible, base de la liquidación, crédito y débito fiscal. Intervención en la Dirección General de Aduanas. Impuestos internos: hecho imponible, base de la liquidación e intervención de la Dirección General. De los tributos externos vinculados al comercio exterior. Derechos de importación y de exportación, hecho y momento imponible. Despacho de oficio, procedimiento de intimación de pago. Impuestos de equiparación de precios, antidumping y compensatorios. Tasas aduaneras: Estadística, comprobación de destino, de servicios extraordinarios y de almacenaje. Procedimiento de repetición y de ejecución.
BOLILLA XXII
a) NORMAS LEGALES
La Constitución Nacional – reforma de 1994, Arts. 4, 9, 10, 11, 12, 16, 26, 75 y 100 y el Derecho Aduanero. Protocolo Adicional del Tratado de Asunción. Protocolo Ouro Preto. Certificados de origen. Normas Aduaneras vigentes. Requisitos y sanciones para los casos de adulteración. Solución de Controversias. Protocolo de Brasilia. Cláusulas de Salvaguardias. Acuerdo de Recife. Delitos e infracciones sometidos por los funcionarios en las Áreas de Control Integrado. Protocolo Adicional Reglamentario del Acuerdo de Recife.
b) COMERCIANTES Y AUXILIARES DEL COMERCIO
Comerciante. Concepto. Capacidad para ejercer el comercio. Obligaciones comunes a todos los comerciantes. Matrícula. Registro Público de comercio. Libros de comercio. Rendición de cuentas. Sociedades Comerciales. Tipos. Despachantes de Aduana. Concepto. Inscripción, actuación, suspensión y eliminación y reinscripción en el Registro. Obligaciones y Responsabilidades. Régimen Disciplinario. Sanciones y recursos.
Agentes de Transporte Aduanero. Concepto. Inscripción, suspensión y eliminación. Obligaciones y responsabilidades. Régimen disciplinario. Sanciones y recursos.
Apoderados generales y dependientes. Concepto. Inscripción, actuación, suspensión, eliminación y reinscripción en el Registro. Obligaciones y responsabilidades. Régimen Disciplinario. Sanciones y recursos.
Importadores, exportadores y otros sujetos. Importador y exportador: definición. Inscripción, actuación, eliminación y reinscripción. Obligaciones y responsabilidades. Régimen disciplinario. Sanciones y recursos.
Operaciones de Importación y Exportación “por cuenta de terceros”. Responsabilidad solidaria.
Otros sujetos: proveedores de a bordo; técnicos en reparaciones, lavaderos, etc.. Normas.
c) CONTROLES - DISPOSICIONES
Control. Disposiciones Generales. Control sobre las mercaderías y sobre las personas. Control en zona primaria aduanera. Control en zona secundaria aduanera. Control en el mar territorial argentino y en la zona marítima aduanera. Control en el mar suprayacente al lecho y subsuelos submarinos nacionales. Normas aduaneras sobre el control operativo de los artefactos navales denominados “portabarcazas”. Disposiciones penales. Aplicación de las disposiciones generales del código penal.
d) DELITOS ADUANEROS
Delitos aduaneros. Concepto. Definición legal. Contrabando. Concepto. Supuestos. Forma simple y calificada. Actos culposos que posibilitan el contrabando y uso indebido de documentos. Tentativa de contrabando. Definición. Supuesto especial de tentativa. Encubrimiento de contrabando. Penas. Valor de la mercadería para la aplicación de penas. Clasificación cuando falta la mercadería. Reincidencia. Extinción de acciones y penas. Ley 23.993. Decreto nro. 258/99 (B.O. 26/03/99)
e) INFRACCIONES ADUANERAS
Infracciones aduaneras. Concepto. Definición legal. Disposiciones generales. Responsabilidad. Forma de establecerla. Concurso. Penas. Graduación. Atenuación. Valor de la mercadería para la aplicación de las penas. Clasificación cuando falta la mercadería. Reincidencia. Extinción de acciones y de penas. Prescripción: suspensión e interrupción. Responsabilidad de los menores, de los despachantes, de los importadores, exportadores y transportistas. Distinción entre delitos e infracciones. Contrabando menor. Autoridad de instrucción y resolución. Bases para encuadrar un hecho como delito o infracción. Declaraciones inexactas y otras diferencias injustificadas. Supuestos generales. Perjuicio fiscal. Casos de excepción. Mercadería a bordo sin declarar. Trasgresión de las obligaciones impuestas como condición de un beneficio. Transgresiones a los regímenes de destinación suspensiva. Transgresiones a los regímenes de equipaje, pacotilla y franquicias diplomáticas. Transgresiones al régimen de envíos postales. Tenencia injustificada de mercadería de origen extranjeros con fines comerciales o industriales. Concepto. Clausura provisional. Levantamiento. Responsables. Infracción Formal. Resolución 2522/87 y modificaciones. Y Decreto 4531/65. Otras transgresiones. Preferencias aduaneras.
f) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Procedimientos administrativos en general. Ley 19.549. Decretos 1759/7 y 1883/91. Disposiciones comunes. A los procedimientos ante el servicio aduanero. Jurisdicción y competencia. Ley 23.984. Disposiciones especiales para los procedimientos de impugnación, de repetición y por infracciones. Incidentes. Nulidades de procedimiento. Procedimientos especiales. Procedimiento de impugnación. Procedimiento de repetición. Procedimiento para las infracciones. Procedimientos para los delitos. Procedimientos de ejecución. Recursos: de revocatoria, de apelación y demanda contenciosa. Procedimiento ante el Tribunal Fiscal de la Nación. Procedimiento relativo a la demanda contenciosa. Procedimiento ante la cámara Federal. Efectos de los pronunciamientos definitivos.
BOLILLA XXIII
PRÁCTICA PROFESIONAL:
Ejercicios prácticos vinculados con la presente materia inherentes al desarrollo de la profesión de despachantes de Aduana y sus Apoderados Generales.

ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS
METODOLOGÍA
Se comenzará brindando al alumno conceptos teóricos, para que aplicándolos a la práctica, logren conocer las obligaciones y beneficios que les brinda cada una de las posibilidades, concluyendo en una práctica en la que cada uno decida por las opciones que considere más conveniente al caso y el conocimiento de los elementos con que podrá contar para resolver cualquier tipo de controversia.
Los alumnos participarán en la realización de trabajos de investigación, con la interpretación, discusión y exposición de la documentación recogida, lo que será supervisado por la cátedra.
RECURSOS DIDÁCTICOS
Utilización de filminas para el dictado de las clases.
Utilización de la documentación pertinente en los trabajos prácticos

BIBLIOGRAFÍA
Constitución Nacional. Ley 22415. Código Aduanero. Decreto Reglamentario 1001/82.
Resoluciones y Disposiciones AFIP (DGA-DGI)
Ley 19640, 19549 y su Decreto Reglamentario.
Códigos Civil, Comercial y Penal. Ley de Sociedades Comerciales. Ley de Seguros.
SBRIGLIO, Ernesto L. “Manual Práctico de Clasificación y Valoración Aduanera”
SALVAT, Raimundo “Tratado de Derecho Civil Argentino”
BORDA, Guillermo “Derecho Civil”
BASALDUA, R. “Introducción al Derecho Aduanero”
FERNÁNDEZ LALANNE, P. Comentarios al Código Aduanero
ANAYA J. L. y PODETTI, H. Código de Comercio y Leyes complementarias comentadas”
Guía Práctica – ERREPAR

REGULARIDAD
Asistencia (75% mínimo)
Trabajos Prácticos
Formales (con calificación explícita. Uno (1) y con exigencia de aprobarlo
Informales (todos los que se estimen necesarios)
Evaluaciones Parciales
La evaluación para conseguir la regularidad de la materia consistirá en la aprobación de dos (2) exámenes parciales, con la posibilidad de recuperar uno de ellos, para el supuesto caso de inasistencia o no haberlo aprobado en su oportunidad.
En la Evaluación Final, el examen consistirá, en la presentación y desarrollo oral de un tema del programa a elección del alumno. Luego de la exposición el alumno deberá responder a programa abierto y sobre cualquier unidad, preguntas sobre las que será evaluado.
EVALUACION Y PROMOCION
Promoción Indirecta

CRONOGRAMA
Desarrollo de cada Unidad por clase
MARZO DE LA I A LA VII
ABRIL DE LA VIII A LA XIII
MAYO DE LA XIV A LA XX
JUNIO DE LA XXI A LA XXIII

Horario de Consulta semanal

LUNES 17,00 horas.

Notas - Parciales
